01 enero 2001

Carta Magna

Artículo 1: Constitúyase el CLUB DEL PEZ a través de la presente Carta Magna (CMCP) y por medio de correspondiente acta constitutiva.

Artículo 2: Sean integrantes de la Línea Fundadora del CLUB DEL PEZ: César Co (Cecé), Hernán Ma (Zamba), Juan Es (La Gorda) y Sebastián Me (Fisu), todos con derechos plenos sobre toda acción y merchandising del CLUB DEL PEZ.

Artículo 3: Sea llamado a destitución el presidente in absentia Hernán La (Buffy).

Artículo 4: Sea nominado Sebastián Me como ESPCP (Excelentísimo Señor Presidente del CLUB DEL PEZ), con plenos poderes para designar un Gabinete a elección y para remover o promover ministros y secretarios. La remoción y reemplazo del ESPCP será implementada sólo con el voto unánime del Gabinete, incluyendo al ESPCP. (artículo reformado)

Artículo 5: Llámese reunión de Gabinete a toda cena a la que concurran como mínimo tres integrantes de la Línea Fundadora, o al menos dos integrantes de la Línea Fundadora y uno o más miembros de II (segundo) Orden.

Artículo 6: Prohíbase el ingreso al CLUB DEL PEZ como integrante del Gabinete o miembro de II Orden a toda persona de sexo femenino, sin excepciones.

Artículo 7: Permítase al gabinete del CLUB DEL PEZ reformar la presente CMCP, con el voto afirmativo de al menos dos tercios del total de los integrantes de la Línea Fundadora. Permítase al ESPCP formular decretos presidenciales, único facultado para tal fin, los cuales deberán siempre estar enmarcados dentro de las normativas de la presente CMCP.

Artículo 8: Adóptese como única mascota del CLUB DEL PEZ a los gatos, en toda forma y tamaño.

Artículo 9: Denomínese durante las reuniones de Gabinete a toda persona por su apodo, a saber: Fisu, Hiena (o Hieno), Zamba, La Gorda (o Guaam), Papucho, El Gato, La Otra, Buffy (o Bufarrete), Tifón (o Vendaval), Oveja (o Bufoso o Batman), Merluza (o Cabrito), Brocha, Matute, Cucho, Stewart Little, Teletubbie (o El Teletubbie), Poeta, Mulo, Chapita, El Asadito, La Carne del Asadito, Terma, Garchu y otros. (artículo reformado)

Artículo 10: Considérese el estado de pareja, concubinato o matrimonio incompatible con el CLUB DEL PEZ o viceversa.

Artículo 11: Adóptese como único plato en las reuniones de Gabinete al menú a base de pescado. (artículo reformado)

Artículo 12: Contémplese la adopción de una regla fundamental: las reuniones de Gabinete servirán única y exclusivamente para referirse en forma despectiva, segregante, agraviante, lasciva, hiriente, denigrante, humillante, discriminante y lujuriante a cualquier persona, encuéntrese ésta presente o no, sea integrante directa o indirectamente del CLUB DEL PEZ o no, revista cargo dentro del Gabinete o no, sin excepciones. Sólo podrá manifestarse respeto por dos (2) personas en cada reunión de Gabinete, y jamás la argumentación de la defensa podrá exceder los dos minutos, las 300 palabras o los 2.400 caracteres.

Artículo 13: Denéguese rotundamente por improcedente la posibilidad de crear un Tesoro del Pez administrado por la Presidencia, propuesta elevada a la Línea Fundadora por el ESPCP. (artículo reformado)



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Reforma del Artículo 11: Considérese la opción de cambiar el menú de pescado por carnes rojas u otra alternativa, en tanto la moción obtenga el voto afirmativo de al menos dos tercios de la reunión de Gabinete.

Anexo del Artículo 13: Renuévese la rotunda negativa a la posibilidad de crear un Tesoro del Pez.

Anexo del Artículo 9: Lista ampliada de apodos a utilizarse durante las reuniones de Gabinete: Pijera-Pijera, Colorín (o Albalátex), Castañuela, El Reverendo, Pajarito, Viejito, El Viejo Puto, Moneda (o Lijamán), Bolita de Barro (o Mudball), Bola, Bolón, El Cachalote Blanco, Robotina, Capitán Monasterio, Quelonio.

Reforma del Artículo 4: Sea nominado Freddy Go como ESPCP (Excelentísimo Señor Presidente del CLUB DEL PEZ) y removido Sebastián Me de su cargo, quien tampoco tendrá derecho a invitación a los no miembros de la institución.

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