15 septiembre 2011

Ley Nº002/2011

Elección de las nuevas autoridades de El Club del Pez

VISTO:
En reunión de gabinete establecida de acuerdo a la normativa vigente, bajo la presidencia del Consejo de Transición Democrática establecida en la figura de Monono Gu, se procede al debate para la elección de nuevas autoridades de El Club del Pez.

CONSIDERANDO:
Que, tras el discurso del presidente Monono Gu, quien destacó "tenés que sacar el cuello como las gallinas", los integrantes de la institución procedieron a manifestarse sobre el futuro inmediato de El Club del Pez. Se presentó como única moción la elección por aclamación de Hernán Ma como presidente de la institución y de Monono Gu como vicepresidente, la cual fue votada por unanimidad a mano alzada por todos los integrantes presentes.

POR TANTO
LA HONORABLE JUNTA DE TRANSICION DEMOCRATICA, REUNIDA EN CONSEJO
ORDENA:

Art. 1º) Disuélvase el Consejo de Transición Democrática de El Club del Pez.

Art. 2º) Proclámese presidente de El Club del Pez a Hernán Ma.

Art. 3º) Proclámese vicepresidente de El Club del Pez a Monono Gu.

Art. 4º) Publíquese en boletín oficial online y archívese. Larga vida al Pez.

Firmando al pie de la misma Monono Gu, Mingo Ce, Quique Fe, Juan Es, César Co, Miguel Fr y Hernán Ma

Ley Nº003/2011

Mandato y metodología de elección de las autoridades democráticas

VISTO Y CONSIDERANDO:
Dada la flamante condición democrática de El Club del Pez, llámese a establecer un sistema presidencial con un mandato de dos años, el cual se fundamenta en el imperio de la ley que garantice la igualdad ante la ley de los integrantes de la institución y proteja las libertades civiles de los integrantes y sus derechos fundamentales.

POR TANTO
LA PRESIDENCIA DE EL CLUB DEL PEZ
ORDENA:

Art. 1º) Establézcase un mandato presidencial de dos (2) años a partir de la asunción en el día de la fecha de la actual dupla mandataria.

Art. 2º) Convóquese a elecciones presidenciales de El Club del Pez cada septiembre de año impar, en fecha precisa a convenir.

Art. 3º) Establézcase el último día de cada mes de agosto de año impar como fecha límite de presentación de listas para la elección de presidente y vicepresidente.

Art. 4º) Niéguese la posibilidad de reelección para un segundo mandato consecutivo al presidente de El Club del Pez.

Art. 5º) Permítase al vicepresidente presentarse como candidato a presidente, con obligación de nominar a un postulante a vicepresidente.

Art. 6º) Permítase a cualquier integrante de El Club del Pez que cuente al menos con cuatro asistencias a reuniones de Gabinete en el último año transcurrido, presentarse como candidato a presidente, con obligación de nominar a un postulante a vicepresidente.

Art. 7º) Publíquese en boletín oficial online y archívese. Larga vida al Pez.

Firmando al pie de la misma Hernán Ma [presidente] y Monono Gu [vicepresidente]

14 mayo 2011

Presentación de la Boleta Unica

Ante la convicción de que el actual ESPCP (Excelentísimo Señor Presidente del Club del Pez) Freddy Go no se presentará en reunión ministerial para revalidar su cargo presidencial (ver "Ultimátum al presidente"), El Club del Pez resolvió comenzar a dar forma a la oficialización de candidatos para reemplazarlo y terminar con la virtual acefalía que aqueja a la institución.

De esta manera, El Club del Pez presentó la flamante Boleta Unica, instrumento válido único (valga o no la redundancia) para sufragar en las elecciones de la institución a celebrarse en fecha posterior al 1º de septiembre del año 2011 en curso en caso de que el presidente no cumpla con las prerrogativas convenientemente estipuladas (ver de nuevo "Ultimátum al presidente").

Boleta Unica provisoria.

  • Todos los miembros estables de El Club del Pez presentarán su candidatura, a menos que se especifiquen en contrario antes del 1º de septiembre del presente año 2011.
  • El orden de las candidaturas fue establecido por orden alfabético.
  • Los números de lista fueron establecidos por sorteo o licitación.
  • Cada candidato deberá presentar un postulante a vicepresidente antes del 1º de septiembre del presente año 2011. Caso contrario, conservará el candidato a vicepresidente designado de manera arbitraria en la presente Boleta Unica provisoria.
  • Cada candidato deberá  presentar una fotografía personal, un nombre de partido y el logotipo correspondiente antes del 1º de septiembre del presente año 2011. Caso contrario, conservará la fotografía personal, el nombre de partido y el logotipo correspondiente designado de manera arbitraria en la presente Boleta Unica provisoria.
  • Cada miembro estable de El Club del Pez podrá votar por un solo candidato. Ningún postulante puede votar por sí mismo. Si una boleta tiene más de un voto será impugnada.
  • Será presidente quien obtenga la mayoría de los votos en la elección a realizarse en reunión de gabinete, en sede pertinente, en fecha anunciada con al menos diez (10) días de antelación al acto eleccionario con posterioridad al 1º de septiembre del presente año 2011.
  • En caso de empate en cantidad de votos, se realizará en el mismo acto eleccionario una segunda vuelta o ballottage del que participarán dichos postulantes.
  • Quien resultara elegido ESPCP (Excelentísimo Señor Presidente del Club del Pez) y su vice gozarán de un mandato de dos (2) años desde el día de la elección, y podrán hacer lo que les plazca siempre dentro de las normativas vigentes enmarcadas dentro de la CMCP (Carta Magna del Club del Pez).
  • Que gane el mejor. Larga vida al Pez.